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ZONA AUDIOVISUAL

Video 354 (Antideportivas): En el inicio de transición la jugadora defensora 7 Roja estira su brazo y produce un contacto en la progresión de la atacante. Dicho contacto es sin tener una posición activa de defensa y siendo en el brazo contrario. Bien sancionada antideportiva por criterio 3.
FALTAS DEL DEFENSOR

· Video 354 (Antideportivas): En el inicio de transición la jugadora defensora 7 Roja estira su brazo y produce un contacto en la progresión de la atacante. Dicho contacto es sin tener una posición activa de defensa y siendo en el brazo contrario. Bien sancionada antideportiva por criterio 3.

· Video 353 (Antideportivas): En la penetración hacia el aro el árbitro de cabeza sanciona correctamente falta antideportiva. El defensor agarra y, además lo mantiene con el fin de evitar la canasta, a la altura del codo. No es un esfuerzo legítimo por jugar el balón, antideportiva por criterio 1.

· Video 351 (Bloqueos): La pantalla se establece a un jugador defensor en movimiento. Para realizarla de manera legal se debe poner dando tiempo y distancia, suficiente para que el jugador defensor se detenga o la esquive. En este caso el jugador atacante realiza una pantalla en transición cumpliendo dicho tiempo y distancia, tras ello el defensor empuja y es sancionado correctamente con falta.

· Video 344 (Antideportivas): Jugada en transición en la que la defensora encara a la jugadora atacante y provoca un contacto ilegal estirando su brazo. El contacto se debió sancionar como antideportiva C3, al generar un contacto innecesario en transición. La jugadora defensora no mantiene una posición activa de defensa, ya que no hace un movimiento con sus pies y cuerpo para intentar defender, si no que estira y deja fijo su brazo.

· Video 340 (Acción continuada): El árbitro de cabeza sanciona una falta personal correctamente durante el regate de la jugadora atacante. Tras recibir el contacto la jugadora vuelve a botar el balón y tras ello coge el balón y realiza la acción de tiro. Al producirse la falta antes de finalizar el regate, no se debe conceder la canasta.

· Video 336 (Antideportivas): Jugada donde el defensor no tiene posibilidad de alcanzar el balón, cruzando el brazo sobre el atacante para provocar la falta y frenar el contraataque. El árbitro correctamente sanciona falta antideportiva. En este tipo de acciones es importante que el árbitro que sancione no vea la espalda de los jugadores implicados y pueda valorar correctamente la posibilidad de que el defensor pueda alcanzar el balón.

· Video 332 (Antideportivas): En esta jugada podemos ver un contacto que se produce sin ninguna intención de jugar el balón o de defender de forma natural, tan sólo para detener el contraataque. Por tanto, se debió sancionar falta antideportiva C3 independientemente de la intensidad del contacto o la gravedad del mismo. Es un contacto que se produce con el único objetivo de detener al jugador atacante y, como se ha indicado, sin posibilidad alguna de jugar balón o de defender.

· Video 331 (Antideportivas): Jugada clara de falta antideportiva C1 donde el jugador que ataca, tras perder el balón, agarra de la pierna al jugador que lo ha recuperado, impidiendo el inicio del contraataque. Falta antideportiva bien sancionada por el nuevo árbitro de cabeza. La responsabilidad principal es de nuevo cola, pero queda tapado por un jugador en el momento del contacto y no sanciona, por lo que el otro árbitro actúa correctamente al intervenir.

· Video 329 (Acción continuada): Situación de acción continuada muy bien concedida. En situaciones como esta donde el atacante está de espaldas al aro a veces cuesta darnos cuenta de que la acción de tiro puede haber comenzado, como aquí es el caso. Muy buena decisión del árbitro valorando correctamente la acción, donde el contacto se produce cuando el jugador atacante ya ha cogido el balón e iniciado el reverso hacia canasta.

· Video 321 (Antideportivas): Jugada en la que el jugador defensor no hace un esfuerzo legítimo por jugar el balón o hacer una defensa natural sobre el jugador atacante. El contacto con la pierna debió ser sancionado con falta antideportiva, ya que no es un contacto normal del juego. Como comentario adicional, indicar que el puño correcto para sancionar esta falta sería el derecho, ya que desde esa posición permite que el árbitro se mantenga encarado al juego tanto si pita falta en defensa como si pita falta en ataque.

· Video 320 (Antideportivas): Ejemplo de transición en la que el jugador defensor realiza un intento legítimo de jugar el balón partiendo de una posición legal de defensa, por lo que el contacto producido se debe considerar como falta normal y en ningún caso sancionarse como antideportiva por el criterio C3. Buena decisión arbitral.

· Video 316 (Antideportivas): Jugada en la que se produce un contacto mínimo por parte del defensor al inicio de contraataque y el árbitro acierta al dejar seguir. Aun considerando que tras el mínimo contacto con el pecho puede seguir existiendo un contacto leve con el brazo (que de sancionarse ya sería antideportivo por criterio C3), el atacante no se ve afectado en ningún caso en su intento de sobrepasar al defensor y correr hacia canasta. Buena decisión del árbitro.

· Video 313 (Antideportivas): Situación clara de falta antideportiva. El jugador defensor se desentiende de defender y simplemente busca el contacto y golpea de forma voluntaria al atacante en la transición. Este tipo de jugadas no son baloncesto, y han de ser sancionadas como antideportivas sin dudar siempre.

· Video 310 (Acción continuada): Es importante que el árbitro valore si el balón está en las manos del atacante cuando recibe el contacto o si, como consecuencia del contacto, decide coger el balón. En este caso tras recibir el contacto, el atacante coge el balón e inicia una acción de tiro que no había comenzado antes del contacto sancionado. No se debió considerar por tanto como acción continuada.

· Video 309 (Bloqueos): ugada en la que jugador atacante intenta poner un bloqueo directo sobre jugador con balón en R-2. El bloqueador está en condiciones de realizar una pantalla con ambos pies en el suelo e inmóvil (y por tanto legal), pero decide rectificar su posición para interceptar la trayectoria del defensor de su compañero. Clara acción ilegal no sancionada.

· Video 301 (Verticalidades): Ejemplo de situación donde el árbitro no valora adecuadamente la posición del defensor, que salta verticalmente y no es responsable del contacto (como tampoco lo es atacante). De aquí la importancia de “arbitrar al defensor”, para no cometer errores de este tipo donde penalizamos a un jugador cuya defensa es legal.

· Video 290 (Antideportivas): Jugada en la que defensor se deja caer al suelo, desde el cual traba al atacante con los pies para que no avance. Falta antideportiva correctamente sancionada por el árbitro. No debemos dejar sin sancionar como faltas antideportivas este tipo de acciones donde defensor no quiere jugar el balón y solo quiere detener el contraataque.

· Video 287 (Técnicas): Jugada en la que jugador defensor aplaude mientras atacante lanza a canasta, siendo correctamente sancionado con falta técnica. De acuerdo a las interpretaciones FIBA, los árbitros correctamente esperan a ver si entra el balón en el cesto, ya que en caso de que hubiera entrado el tiro, el jugador y el entrenador del equipo infractor sólo hubieran sido avisados de falta técnica (salvo que ese equipo ya estuviera avisado previamente por este motivo). Al no entrar el tiro la sanción ha de ser inmediata. Por otro lado el árbitro responsable del lanzamiento en este caso es el árbitro de cabeza, por lo que el árbitro de cola debió dejar que su compañero valorase y sancionase la acción.

· Video 262 (Antideportivas): Situación de final de partido donde el equipo defensor quiere parar el reloj de partido a toda costa. No debemos ser permisivos con estas acciones y debemos sancionarlas como lo que son, faltas antideportivas. El jugador defensor contacta o agarra el brazo del atacante una vez ha sido rebasado, sin ninguna posibilidad de alcanzar el balón, por lo que debió sancionarse falta antideportiva.

· Video 261 (Antideportivas): El jugador rojo agarra claramente al jugador azul para que este no llegue a controlar el balón y no pueda iniciar contraataque. Erróneamente el árbitro no sanciona una clara falta antideportiva, ya que el jugador infractor no hace nada por intentar jugar el balón.

· Video 256 (Acción continuada): Jugada donde el árbitro concede acertadamente canasta y tiro adicional, considerando acción continuada. En el momento en que un jugador agarra el balón e inicia un movimiento continuo hacia canasta (independientemente de que haya dado ya el primer paso o no), si recibe un contacto y tras él termina lanzando o intentándolo, debe considerarse falta en acción de tiro.

· Video 252 (Antideportivas): Jugada en este caso bien resuelta por los árbitros sancionando correctamente una falta antideportiva en contraataque. El jugador defensor provoca un contacto innecesario, contactando en el brazo contrario al balón del atacante además de desplazarlo con su propio cuerpo sin intención alguna de jugar el balón. En situaciones como ésta siempre ha de sancionarse falta antideportiva. Buena decisión.

· Video 251 (Antideportivas): Jugada mal resuelta por los árbitros que sancionan como falta normal una clara acción antideportiva. El jugador defensor no realiza ningún esfuerzo por jugar el balón, agarrando por la cintura al jugador atacante para evitar la salida de contraataque. Falta antideportiva muy clara que no debió quedar sin sanción.

· Video 244 (Antideportivas): Jugada clara de falta antideportiva bien sancionada. El jugador defensor al verse rebasado provoca un contacto innecesario, dejando su brazo estirado y agarrando cuerpo y brazo contrario al balón para que el atacante no progrese.

· Video 238 (Acción continuada): Jugada a analizar desde el punto de vista de si hay acción continuada o no, independientemente de que el contacto que se produce pueda ser considerado como falta antideportiva. El jugador tras fintar el tiro y hacer saltar al defensor no inicia en ningún momento una acción de tiro, encogiéndose para protegerse del jugador que sabe que le va a caer encima. Por tanto el árbitro erróneamente concede 2 tiros en vez de saque de fondo.

· Video 236 (Simulaciones): Jugada en la que el árbitro de cola está demasiado hundido en R-1, dejando además de controlar el tiro antes de tiempo, lo que hace que no pueda valorar una acción clara de simulación tras el lanzamiento. De haberla visto, debería haber realizado el gesto de simulación para en el siguiente balón muerto proceder a avisar al jugador y al entrenador de ese equipo. Destacar por tanto la importancia de tomar una buena posición en R-1 para controlar ese tipo de lanzamientos, así como el no empezar a controlar el rebote hasta que la acción de tiro finalice completamente.

· Video 230 (Antideportivas): El jugador defensor en este caso golpea con sus brazos en los dos brazos del atacante a la altura de sus hombros, sin ninguna posibilidad de jugar el balón. Erróneamente los árbitros sancionan falta normal en vez de antideportiva.

· Video 229 (Antideportivas): En esta jugada el jugador defensor no hace ningún intento por jugar el balón, golpeando o empujando al jugador atacante con las dos manos a la altura del pecho. Falta antideportiva bien sancionada.

· Video 225 (Simulaciones): En esta jugada se produce una acción clara de simulación de un jugador defensor que debe implicar un aviso arbitral o una sanción si el equipo infractor ya estaba previamente avisado. El árbitro de cola correctamente realiza el gesto de simulación. Posteriormente en el primer balón muerto los árbitros deben avisar al jugador que ha simulado y a su entrenador para así hacer el aviso extensivo a todo su equipo. El gesto de simulación que realiza el árbitro no es del todo correcto, ya que debería haber realizado el gesto de “levantar el brazo” sólo dos veces empezando desde arriba y no repetidas veces como es el caso.

· Video 222 (Antideportivas): En acciones como esta, donde el jugador defensor agarra del brazo al atacante para que no pueda subir el balón, debemos sancionar siempre falta antideportiva. Una cosa es una mano del defensor que golpea al atacante con posibilidad de alcanzar el balón, por mínima que sea, y otra es agarrar del brazo que lleva balón o del contrario, ya que eso implica claramente que no está intentando jugar el balón.

· Video 221 (Antideportivas): Ejemplo de jugada en la que defensor actúa con una brusquedad excesiva, empujando y a la vez golpeando al atacante para que no pueda anotar. Debemos penalizar este tipo de acciones siempre con falta antideportiva.

· Video 218 (Simulaciones): En muchos casos debemos estar preparados para encontrarnos ante una simulación. En esta jugada el jugador defensor ya ha exagerado un contacto mínimo en la transición, lo que nos debe prevenir ante lo que puede hacer si se produce un contacto de mayor intensidad. En este caso el árbitro no solo no está atento a esa posible simulación que se puede dar, sino que además erróneamente sanciona falta de ataque.

· Video 217 (Simulaciones): No debemos permitir este tipo de simulaciones en luchas por la posición en juego de postes. No sólo debemos controlar las simulaciones más típicas como son las que se producen en las cargas, sino que lo debemos hacer en cualquier otro aspecto del juego. En este caso, al estar ya el equipo blanco previamente avisado, el árbitro decide correctamente sancionar con falta técnica la simulación.

· Video 216 (Acción continuada): Error claro del árbitro en esta acción donde se debió considerar falta en acción de tiro. Una vez el jugador atacante coge el balón y comienza el movimiento hacia canasta, incluso si la falta es antes de que se produzca el primer apoyo, deben concederse dos tiros. La única excepción a esto es si, tras señalizarse la falta, el jugador que la recibe decide pasar el balón a un compañero. Hay que recordar también que en caso de duda por parte del árbitro sobre si una acción es de tiro o no, siempre han de concederse dos tiros o el adicional si el tiro fuera convertido.

· Video 184 (Bloqueos): En esta jugada el jugador defensor hace uso de su cuerpo y de sus brazos para evitar que el jugador atacante tome la posición en el campo que desea ocupar. De acuerdo al reglamento, al defender a un jugador sin control de balón deben aplicarse los elementos de tiempo y distancia. Un defensor no puede ocupar una posición tan cercana a la trayectoria de un adversario en movimiento ni hacerlo de manera tan rápida que este último no tenga tiempo o distancia suficientes para detenerse o cambiar de dirección. Por tanto en esta acción debió sancionarse falta en defensa.

· Video 182 (Simulaciones): En esta jugada el jugador atacante establece su posición para el bloqueo de forma legal. Lo hace sobre un jugador en movimiento respetando los elementos de tiempo y distancia, siendo por tanto la responsabilidad del contacto del defensor. El defensor simula de forma clara falta en el bloqueo, por lo que ese jugador y su entrenador (para hacer el aviso extensivo a todo el equipo) deben ser avisados de falta técnica por simular en el primer balón muerto.

· Video 180 (Antideportivas): Esta jugada es importante para recordar que debemos proteger en la medida de lo posible a los jugadores que están en el aire en una penetración, no debiendo permitir contactos como éste que pueden incluso llegar a ser peligrosos. Muy bien sancionada por tanto la falta antideportiva, ya que el jugador defensor empuja al atacante en el aire sin ninguna posibilidad de jugar el balón.

· Video 179 (Antideportivas): El árbitro en esta jugada valora con acierto que el jugador defensor no tiene intención alguna de jugar el balón, agarrando del brazo a la altura del codo para que atacante no pueda finalizar la acción. Es importante determinar siempre si existe alguna mínima posibilidad de jugar el balón antes de sancionar falta antideportiva, si bien en los agarrones de los antebrazos o codos para que atacante no pueda lanzar, es difícil que la haya.

· Video 162 (Antideportivas): En jugadas como ésta en la que un jugador defensor se coloca debajo del jugador atacante cuando éste ya ha saltado y no tiene forma de evitar el contacto, se debe sancionar siempre falta antideportiva debido al riesgo de lesión existente. En este caso el árbitro erróneamente sanciona falta normal.

· Video 161 (Antideportivas): En esta situación el jugador azul ya ha establecido control de balón tras interceptar el saque (primera premisa para poder aplicar el concepto de último defensor en faltas antideportivas), por lo que al producirse un contacto lateral del defensor siendo éste el último de su equipo, el árbitro acierta al sancionar falta antideportiva. En el caso de que el jugador azul sólo hubiera palmeado el balón antes de producirse el contacto, no habría establecido control de balón para su equipo, por lo que en ningún caso podría sancionarse como falta antideportiva por último defensor y sólo si se considerase una brusquedad excesiva o no existiese intención de jugar el balón, podría sancionarse como antideportiva.

· Video 158 (Simulaciones): En esta jugada podemos observar una clara simulación del defensor en una situación de carga. Casi no se produce contacto y el defensor cae de forma exagerada. No sólo no es falta, sino que esta jugada es un claro ejemplo de simulación que debe conllevar un aviso de falta técnica. Por otro lado, es probable que si el árbitro de cabeza hubiera alcanzado una posición algo más adelantada, habría podido valorar mejor la situación.

· Video 155 (Antideportivas): En situaciones como la que se muestra en el vídeo, el árbitro no debe sancionar falta antideportiva. En primer lugar porque la valoración de la jugada se hace sin tener ventana, es decir, sin ver realmente cómo es el contacto, ya que el árbitro no llega a alcanzar la línea de fondo con tiempo suficiente para recibir de cara la penetración. No se debe intuir, pero menos aún en el caso de una falta antideportiva. Además, en segundo lugar, hay que recordar que en situaciones en las que el defensor lanza el brazo para cometer falta pero tiene alguna posibilidad de alcanzar o jugar el balón, el contacto no debe sancionarse como antideportivo.

· Video 148 (Acción continuada): En esta jugada, en primer lugar el árbitro de cola debe mostrarse más rápido en la transición para no tener que intervenir desde tan lejos. Hay que tener en cuenta que en muchas situaciones como ésta el árbitro de cabeza, a pesar de estar más cerca, no puede obtener una buena posición para valorar los contactos, y es el árbitro de cola el principal responsable de valorar los mismos. Además en esta acción el árbitro de cola no concede dos tiros libres en una muy clara acción de tiro. Este tipo de errores restan mucha credibilidad a los árbitros, por lo que debemos trabajar físicamente (poder valorar las acciones desde la mejor situación posible) y mentalmente (concentración) para no cometerlos.

· Video 145 (Antideportivas): En este tipo de jugadas donde el defensor provoca un contacto lateral o por detrás ,siendo el último defensor entre el atacante y la canasta, debe sancionarse falta antideportiva. Si el atacante no tuviera control de balón (por ejemplo sólo hubiera palmeado el balón para robarlo sin llegar a botarlo) o ya hubiera cogido el balón para iniciar una entrada a canasta, no se podría sancionar antideportiva por el concepto de último defensor, sino que habría que analizar si existe brusquedad excesiva o no hay intención de jugar el balón.

· Video 142 (Antideportivas): El árbitro correctamente sanciona falta normal en esta acción. Siempre que exista alguna posibilidad de alcanzar el balón sin utilizar una dureza o brusquedad excesiva no debe sancionarse falta antideportiva. En el caso de que el jugador que reciba la falta no esté en acción de tiro y el que la cometa sea el último defensor, si debe sancionarse falta antideportiva independientemente de lo indicado anteriormente.

· Video 133 (Empujones): El árbitro sanciona falta y correctamente concede 2 tiros libres al valorar la acción como de tiro. Es necesario recordar que aquellas acciones en las que un jugador tiene intención de lanzar a canasta pero el defensor le impide realizar la acción de tiro completa (puede que incluso el balón no llegue a salir de las manos del tirador), deben considerarse también como acciones de tiro y penalizarse en consecuencia.

· Video 130 (Antideportivas): En esta jugada el defensor intenta agarrar al atacante siendo el último hombre y estando por detrás, además de que no existe intención de jugar el balón, por lo que por uno u otro motivo el contacto debe sancionarse como falta antideportiva. En estas situaciones no debe tenerse en cuenta el principio de ventaja-desventaja, ya que no es de aplicación en las faltas antideportivas. Estos contactos deben de ser siempre sancionados como antideportivos.

· Video 111 (Uso manos/brazos/codos): El árbitro de cola decide acertadamente no sancionar el primer tacteo, ya que ese contacto no genera ninguna desventaja al atacante. En el segundo tacteo el defensor restringe la libertad de movimiento del atacante por lo que el árbitro acierta al sancionar. Es importante recordar que para evitar un posible aumento de la brusquedad del juego, tocar a un adversario repetidamente es falta aunque los contactos en si mismos no generen desventaja al atacante.

· Video 108 (Antideportivas): El jugador defensor no realiza ningún esfuerzo por jugar el balón y su única intención es chocar con el cuerpo contra el atacante para cortar el contraataque. No existe posibilidad de defensa ni de jugar el balón, por lo que la falta antideportiva está correctamente sancionada. Como comentario adicional indicar que el árbitro de cabeza o nuevo árbitro de cola no debe intervenir en esa situación provocando la doble pitada.

· Video 107 (Antideportivas): El jugador defensor no hace ningún esfuerzo por jugar el balón, siendo su único objetivo impedir que el atacante lance a canasta mediante un agarrón en la muñeca o antebrazo. Este tipo de jugadas debe ser sancionado siempre como falta antideportiva.

· Video 101 (Bloqueos): El árbitro de cola no debe olvidar nunca que debe encajonar junto con su compañero a todos los jugadores, no perdiendo de vista por tanto a aquellos que quedan a su izquierda cuando el balón pasa al R-3. Debe prestar atención a las posibles salidas de bloqueos en R-1 o a las posibles defensas ilegales sobre jugadores que intentan ir a R-2 para dar una opción de pase al jugador que tiene el balón en R-3

· Video 80 (Técnicas): Ambos árbitros sancionan correctamente falta en el rebote del jugador defensor que desplaza con su brazo izquierdo al jugador atacante, obteniendo una clara ventaja. A continuación un jugador del equipo sancionado realiza un gesto de desprecio hacia la decisión arbitral por lo que es sancionado inmediatamente con falta técnica. Este tipo de gestos SIEMPRE deben ser sancionados con falta técnica.

· Video 73 (Técnicas): El jugador tras ser sancionado con falta personal realiza un gesto de menosprecio al árbitro claro y evidente, por lo que es sancionado correctamente con falta técnica. No se debe tolerar ningún gesto de desprecio de este tipo y ha de ser sancionado siempre.

· Video 71 (Simulaciones): El defensor establece una posición legal defensiva durante la penetración, pero en cuanto recibe el mínimo contacto se lanza hacia atrás provocando una simulación. Destacar para poder detectar estas situaciones que el defensor justo antes del contacto se pone de puntillas para perder estabilidad. En ningún caso se puede sancionar falta al defensor ya que su posición defensiva es correcta. El árbitro de cabeza debe prestar en estas situaciones especial atención al defensor y a la legalidad o no de sus movimientos, debe "arbitrar al defensor".

· Video 66 (Empujones): El jugador defensor toma una posición legal defensiva, con los dos pies en el suelo y encarado a su defensor. A partir de ahí, lo que puede hacer es moverse lateralmente y hacia atrás. Inicialmente el movimiento defensivo es correcto, desplazándose lateralmente, pero en el final de la acción el defensor avanza hacia el atacante y lo empuja con el cuerpo, por lo que comete falta personal que debió ser sancionada."

· Video 64 (Simulaciones): El jugador defensor exagera el contacto, tirándose hacia atrás exagerando el mismo. El árbitro acertadamente sanciona con falta técnica al defensor por simular, ya que previamente su equipo había sido avisado (mediante aviso público a entrenador y a jugador implicado en anterior simulación). Es importante recordar que estas actitudes de engaño deben ser erradicadas del juego.

· Video 63 (Posición legal defensa): El jugador defensor se interpone en la trayectoria de un jugador sin balón que se encuentra en movimiento, por lo que para no ser responsable del contacto ha de respetar los elementos de tiempo y distancia. Debe dejar el espacio suficiente al atacante para que le dé tiempo a detenerse o cambiar de dirección. En esta jugada el árbitro sanciona equivocadamente falta en ataque ya que la premisa indicada no se cumple. Es importante recordar que el árbitro siempre debe “arbitrar al defensor” para minimizar el número de errores.

· Video 46 (Antideportivas): Si se produce un empujón por la espalda a un jugador que está en el aire, no hay ninguna intención de jugar el balón, además de resultar peligroso para el jugador. Estas acciones deben pitarse siempre como faltas antideportivas.

· Video 44 (Acción continuada): Si el contacto se produce cuando el jugador ya tiene el balón cogido para entrar a canasta, se considera que ha iniciado una acción de tiro. El árbitro sanciona bien la falta, pero debió conceder dos tiros libres en lugar de banda.

· Video 43 (Ventaja - desventaja): El jugador que sale al contraataque con el balón cae al suelo por un contacto ilegal del defensor. Esto es falta y no se debe aplicar el criterio ventaja-desventaja.

· Video 32 (Ventaja - desventaja): El jugador blanco empuja levemente en la espalda al jugador negro, para conseguir el rebote, pero al entrar la canasta y no existir rebote, ese leve contacto debío haberse ignorado y el árbitro no debió haber sancionado falta.

· Video 25 (Agarrones): El jugador defensor agarra al jugador que bloquea legalmente, para salir más rápido del bloqueo. Falta bien señalada, ya que es una gran ventaja agarrar y apartar a un jugador que defiende legalmente.

· Video 24 (Verticalidades): El árbitro correctamente no sanciona falta en las dos acciones de verticalidad legal que ocurren bajo el aro. Aunque debería haber cortado antes a zona 6 para controlar mejor la acción desde el inicio.

· Video 19 (Antideportivas): El jugador defensor agarra por detrás y por la cintura al atacante sin ninguna opción de jugar el balón. Correctamente sanciona falta antideportiva.

· Video 18 (Antideportivas): El jugador defensor provoca un contacto lateral en un intento de cortar el contraataque, pero al haber un adversario entre el atacante y la canasta no debe considerarse como antideportivo. El árbitro debe fijarse en todos los jugadores antes de señalizar este tipo de acciones para no equivocarse, como en este caso.

· Video 15 (Antideportivas): El jugador defensor agarra al atacante cuando el balón se encuentra fuera de los límites del terreno de juego en un saque y está aún en manos del jugador que va a sacar. Por tanto, bien señalada la falta antideportiva. Art. 36. Interpretación oficiales de juego 2008.

· Video 4 (Intuiciones): El árbitro de cola sanciona como falta un claro tapón bajo el aro con el compañero delante que había cortado a controlar la situación. Si no se ve, no se puede pitar, no hay que intuir.

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