Usuario:
Contraseña:

He olvidado mi contraseña



ZONA AUDIOVISUAL

Video 286 (Zonas de responsabilidad): Los árbitros en ningún momento de partido han de perder el contacto visual con aquellas situaciones que son de su responsabilidad y menos en situaciones que en ningún caso tiene justificación como la del ejemplo mostrado. En cualquier momento de partido puede suceder algo no esperado sin que nadie pueda entender por qué los árbitros no lo han visto.
Zonas de responsabilidad


· Video 337: Jugada donde el árbitro de cola interviene en una situación que no le corresponde. Debe darse cuenta que el árbitro de cabeza tiene una posición desde donde podría valorar la acción, pero sobre todo debe asumir que su posición no es la correcta para valorarla él. Desde esa distancia sólo debería intervenir en una situación en la que no hubiera lugar a duda y que además fuera trascendente para el partido (véase antideportiva, final de partido, etc).

· Video 286: Los árbitros en ningún momento de partido han de perder el contacto visual con aquellas situaciones que son de su responsabilidad y menos en situaciones que en ningún caso tiene justificación como la del ejemplo mostrado. En cualquier momento de partido puede suceder algo no esperado sin que nadie pueda entender por qué los árbitros no lo han visto.

· Video 259: El árbitro de cola siempre ha de estar pendiente del juego con balón en situaciones como esta, pero también es responsable del juego periférico. En esta jugada el defensor del jugador que recibe el balón en R-2 recibe un bloqueo claramente ilegal para impedir que pueda llegar a defender el lanzamiento del atacante. Falta en el bloqueo debió ser sancionada.

· Video 201: En esta jugada el árbitro de cola controla correctamente una acción ilegal del poste atacante que, en su intento de ganar la posición para poder recibir el balón con mayor comodidad, agarra de la camiseta a su defensor. Bien sancionada falta de ataque. Importante destacar que en este tipo de acciones no siempre es el árbitro más cercano a la acción el que ha de sancionar, ya que como es el caso, el árbitro de cola aun estando más alejado es el único con ventana para sancionar.

· Video 186: Jugada típica de salida de contraataque donde nuevo cola se precipita al sancionar forzando una doble pitada. En estas situaciones sólo el nuevo árbitro de cabeza puede ver el contacto, ya que el árbitro que inicia su carrera desde el fondo sólo puede ver la espalda del atacante. Por otro lado es necesario recordar que lo importante a la hora de determinar quién ha de sancionar, no es la cercanía a la acción a valorar, sino quién es el árbitro que realmente puede ver el contacto.

· Video 147: El árbitro de cola es el responsable de todos aquellos contactos que se producen a la altura del aro. Cualquier contacto que se produzca en una penetración o lanzamiento a la altura del aro o próximo a ella, donde el contacto es en la mano o el brazo del lanzador, debe valorarlo y sancionarlo el árbitro de cola. El árbitro de cabeza en este tipo de situaciones, si sanciona, estará intuyendo en la mayor parte de ocasiones. En el caso de que el contacto a valorar sea con el cuerpo, el árbitro de cabeza si será capaz de valorar adecuadamente alguna de estas situaciones.

· Video 137: En todas aquellas jugadas como ésta, en las que un jugador atacante realice un movimiento hacia el centro de la zona desde el poste bajo o poste medio, es el árbitro de cola el que debe asumir la responsabilidad de controlar y sancionar, ya que el árbitro de cabeza siempre quedará tapado por la espalda del defensor una vez el atacante inicia el movimiento.

· Video 98: Jugada en la que el árbitro de cola interviene sancionando falta desde mala posición, alejado y viendo espaldas cuando sanciona. El árbitro de cabeza está mejor situado y decide acertadamente indicando situación de salto, por lo que tras reunirse debieron proseguir con esa decisión. Insistir nuevamente en que los árbitros no deben intervenir por intuición o viendo espaldas como es el caso.

· Video 57: Situación de carga en la que el jugador atacante es sancionado con falta en ataque al tener el defensor una posición legal de defensa. El árbitro de cabeza penetra excesivamente, colocándose a la espalda del defensor cuando se produce el contacto. Por tanto, la falta debió ser sancionada por el árbitro de cola, a quien su posición le permitía valorar la jugada perfectamente.

Desarrollo: (c) Federación Española de Baloncesto, 2007-2009
Contacto: clubdelarbitro@fbm.es
Aviso legal